Denuncian condiciones de hacinamiento de personas privadas de su libertad

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El Ministerio Público de la Defensa provincial presentó un documento donde expone detalladamente la sucesión de presentaciones de Hábeas Corpus, que vienen realizando desde 2016 a la fecha, para solicitar la urgente resolución de las condiciones de detención en Chaco. El carácter de “hacinamiento” que padecen los detenidos, e incluso los propios agentes de las fuerzas policiales que trabajan en comisarías y establecimientos penitenciarios, merecen la intervención de los tres poderes del Estado, según entienden desde la Defensoría General. Para ello convocaron a conformar una “mesa interpoderes” que tendrá su primera reunión el 20 de agosto próximo, según adelantó a Revista Bohemia la defensora adjunta Gisela Gaúna Wirtz. 

Se trata de un trabajo producto de la recorrida permanente por establecimientos carcelarios y comisarías de la provincia, que realiza el equipo de la Defensoría. Según adelantó la defensora adjunta, con el Poder Ejecutivo vienen trabajando hace tiempo, sin embargo se trata de una responsabilidad conjunta de todos los poderes del Estado por lo cual “se convocó también a la Comisión de Derechos Humanos de la Legislatura y al Superior Tribunal de Justicia, quienes deben designar representantes para la reunión del 20 de agosto.”

Responsabilidad de los tres poderes del Estado

El documento exhibido en formato PDF, con gráficos explicativos de cada una de las presentaciones de Hábeas Corpus (institución jurídica que debe tener urgente tratamiento) realizadas desde el año 2016 y aún sin resolución del problema, pretende instituir un proceso que busque revertir esta problemática que no solo vulnera los derechos de las personas detenidas, muchas de ellas sin condena aún, sino que pone en peligro a los propios agentes de la seguridad pública. 

El texto que acompaña a los gráficos específicos de cada una de las presentaciones judiciales expresa que “la situación de hacinamiento en las cárceles y comisarías de la Provincia del Chaco es alarmante y su principal efecto es la vulneración de derechos de las personas privadas de su libertad”.

Desde la Defensoría sugieren que “las políticas dirigidas al uso racional del encarcelamiento, deben ser asumidas como una prioridad que comprometa a todas las ramas del poder público y deben contar con un marco jurídico adecuado, presupuesto suficiente e integración institucional”.

El documento es claro cuando analiza además que “el alojamiento inadecuado en dependencias policiales no es producto de una mala distribución que se pueda corregir mediante reubicaciones o traslados a establecimientos penitenciarios. Tampoco representa una salida seria y programática la edificación de cárceles y no soluciona la tendencia a la superpoblación carcelaria, ya que lo que la genera no es la escasez de espacios sino el aumento del encarcelamiento, por lo que se debe trabajar sobre el problema en forma global”, según sugieren desde el Ministerio Público de la Defensa.

La solución no está en crear más cárceles

El alerta que plantea la Defensoría General pone blanco sobre negro respecto de la búsqueda de posibles soluciones entendiendo que “para la efectiva aplicación y evaluación de las medidas dirigidas a reducir la prisionización, resulta necesario establecer un mecanismo racional y organizado para la gestión del encarcelamiento. Ello es posible a través del diálogo y debate interinstitucional, basado en los estándares internacionales en la materia, que busque principalmente establecer estrategias claras de colaboración, en tanto éste no es un problema que concierne sólo al Poder Ejecutivo, sino también al Legislativo y Judicial”. Para lo cual proponen la necesaria creación de un “espacio participativo de concertación” donde se delimiten y clarifiquen los roles de los tres poderes. “La responsabilidad del Poder Judicial de actuar está señalada con claridad en los “Principios y buenas prácticas sobre la protección de las personas privadas de libertad en las Américas” adoptados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos: “Principio XVII Medidas contra el hacinamiento (…) La ocupación de un establecimiento por encima del número de plazas establecido será prohibida por la ley. Cuando de ello se siga la vulneración de derechos humanos, ésta deberá ser considerada una pena o trato cruel, inhumano o degradante. La ley deberá establecer los mecanismos para remediar de manera inmediata cualquier situación de alojamiento por encima del número de plazas establecido. Los jueces competentes deberán adoptar remedios adecuados en ausencia de una regulación legal efectiva”. En el caso «Verbitsky” la CSJN (2005) estableció un procedimiento participativo para la elaboración de políticas, habilitando a ciertos actores sociales a dialogar con las agencias del Estado a fin de arribar a una solución consensuada del problema”, expresan.

En ese sentido, el Ministerio Público de la Defensa del Chaco, mediante la Resolución Nº 68/19, resolvió “la necesidad de invitar a los tres poderes del Estado a participar de mesas de trabajo a fin de abordar dicha problemática y proponer soluciones realistas a ejecutar en un plazo mediato, evitando de esta manera la multiplicación de procesos colectivos”, indican en el documento y añaden que “estamos convencidos de que un diálogo interinstitucional posicionará al Poder Judicial como activador de procesos abiertos de deliberación democrática para resolver problemas que afectan derechos y garantías constitucionales”.

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