Mauro Martínez seguirá preso


El 2 de Abril fue dictada la prisión preventiva a Mauro Martínez por la “peligrosidad” que significa para su ex pareja a quien maltrató y amenazó de muerte, violando la restricción de acercamiento y luego se mantuvo prófugo hasta ser hallado en la vecina provincia de Corrientes, donde agentes de la Prefectura Naval lo detuvieron.
Los delitos que pesan sobre el empleado de InSSSeP, son “amenazas con armas de fuego en concurso real con daños, violación de domicilio y desobediencia judicial en concurso real con amenazas y robo, y desobediencia judicial en dos hechos, en concurso real, con amenazas”, todos en el marco de la ley de Protección Integral para la Mujer” (N° 26.485), según indica la sentencia que lo mantendrá en prisión hasta tanto avance la investigación en su contra.
La fiscal Ingrid Wenner, a cargo de la Fiscalía N° 1, se amparó de manera efectiva y precisa en la normativa vigente de perspectiva de género y ponderó tanto los instrumentos internacionales como la ley de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, para dictar la prisión preventiva, al cumplirse los diez días desde el arresto de Martínez. La funcionaria judicial requirió la aplicación del amparo dada la peligrosidad que significa para la ex pareja del denunciado y para la comunidad femenina la libertad de esta persona, quien ha demostrado un odio inusitado hacia quien es la madre de su hija. Y argumentó su decisión en el artículo 7 de la norma que establece que el Estado debe adoptar “medidas jurídicas para conminar al agresor a abstenerse de hostigar, intimidar, amenazar, dañar o poner en peligro la vida de la mujer de cualquier forma que atente contra su integridad o perjudique su propiedad…”.
Vale recordar que como se trata de un caso de violencia de género, debió intervenir la Fiscalía Especial en Género del Ministerio Público. Sin embargo, el actual fiscal en turno Jorge Cáceres Olivera, se vio obligado a inhibirse de intervenir en la causa ya que él y un amigo, fueron testigos presenciales de manera casual, según consta en el expediente, una noche de este mes de marzo cuando Martínez agredió y amenazó a su ex pareja en un concurrido bar de Resistencia.
La Justicia comprende que la prisión preventiva debe ser aplicada de manera limitada, más en estas situaciones de emergencia sanitaria donde se persigue la aplicación de medidas alternativas a la privación de libertad en los establecimientos en pos de las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), del Subcomité de Prevención de la Tortura y Comisión Interamericana de Derechos Humanos, entre otras, pero también es posible requerirla y aplicarla ante situaciones de peligrosidad como esta donde también entran en juego los compromisos asumidos por el Estado en materia de las violencias en razón de los géneros. Así lo entiende el fallo que indica que la prisión preventiva de Mauro Martínez “se vislumbra como la única medida posible para garantizar la seguridad de la víctima”.
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