«Sería importante que el Estado pidiera perdón»

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Fotografía publicada en el libro de Valeria Mapelman (2015), Octubre Pilagá. Memorias y archivos de la Masacre de La Bomba, Buenos Aires: Tren En Movimiento Ediciones, tomada de El último alzamiento, Revista de Gendarmería Nacional (1992).

La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia ratificó un fallo que condena al Estado Argentino por encontrarlo responsable de la Masacre de Rincón Bomba, ocurrida a partir del 10 de octubre de 1947.

La Masacre de Rincón Bomba o La Bomba

“Toniet era un hombre que -según los ancianos sobrevivientes- sanaba con su palabra”. Su llegada a fines de septiembre de 1947 a un paraje llamado La Bomba, cercano a Las Lomitas, circuló rápidamente por el montaraz paisaje formoseño.

Ese era su legítimo nombre en lengua pilagá, aunque luego fue conocido por su nombre español: Luciano Córdoba. Y en torno a él, cientos de familias se congregaron para participar de un encuentro sagrado. Con el correr de los días fueron cientos o quizá miles de personas quienes se reunieron a orillas del madrejón y formaron un solo cuerpo colectivo, ancestral y espiritual.

Dicen que el persistente sonido de tambores y alabanzas en una lengua originaria se escuchaba a varios kilómetros de distancia. Y también dicen que la multitudinaria reunión fue leída como una amenaza para civiles y militares que vigilaban el entonces territorio nacional. Gendarmería Nacional fue la que intimó a las familias a abandonar esa concentración espontánea.

Pero los caciques, ancianas y ancianos allí reunidos no se dispersaron: era una reunión sagrada, estaban en su territorio ancestral y entendían que no significaban amenaza alguna.

Sin mediar ningún intento de entendimiento, la negativa fue rápidamente asumida como un acto de rebeldía. Y en la tarde del 10 de octubre de 1947, la Gendarmería Nacional desplegó toda la ferocidad de la violencia represiva del Estado. Su delito fue reunirse.

La emboscada fue fatal: por un lado, un avión con ametralladoras los perseguía desde el aire, mientras que la cacería por tierra abarcó distancias de más de cien kilómetros y varios días de persecución”, narra Luciana Mignoli, periodista e integrante de la Red de Investigadores en Genocidio y Política Indígena en Argentina.

La represión duró más de veinte días, los gendarmes perseguían a los indígenas hasta el monte, los fusilaban y violaban a las mujeres. Los que sobrevivieron fueron destinados a reducciones en donde vivían en estado de semiesclavitud.

La masacre fue documentada por Valeria Mapelman en Octubre Pilagá.

La justicia

Recién en 2005, la Federación de Comunidades Indígenas del Pueblo Pilagá pudo hacer la presentación judicial junto a los abogados Carlos Díaz y Julio García, quienes iniciaron el estudio jurídico histórico de este crimen.

En el mes de julio de 2019, el Juzgado Federal N°1 de Formosa finalmente dictó sentencia. Fernando Carbajal, juez federal subrogante de Formosa, determinó “reparaciones no patrimoniales”: publicar la sentencia en la página web del Ministerio de Justicia durante al menos tres años, publicarla también en el Boletín Oficial de la Nación y que el Ministerio de Educación de la Nación incluya el 10 de octubre en las efemérides nacionales como recordatorio de la “Masacre de La Bomba”, debiendo (en coordinación con la Federación Pilagá) redactar, imprimir y distribuir material impreso de difusión “a los fines de su utilización en los establecimientos educativos de todo el país para sensibilizar a la población sobre los hechos”. También ordenó al Estado nacional, realizar en el lugar de la matanza un monumento conmemorativo.

Reconocimiento del genocidio 

 «Nos parece importante el fallo porque es un fallo de Cámara y quienes conocemos el mundillo jurídico, sabemos que cuando hay un fallo así es más concienzudo y fundamentado. Este ratifica el fallo del año pasado cuya relevancia está en primer lugar en que reconoce la masacre. Porque en los papeles, la actitud del Estado Argentino fue de negación. Y otra cuestión importante es que se reconocen estos delitos de lesa humanidad como genocidio, y esto lo hacen en el voto fundado de la doctora Denogenes. Se ratifica la sentencia de primera instancia en todas sus términos. Lo que nosotros también estamos buscando es que no sólo se reconozca el daño colectivo sino también el daño individual a cada uno de los miembros de la comunidad Pilagá. Esto va a ser motivo de una apelación o recurso extraordinario a la Corte Suprema de Justicia” explicó el abogado Julio García. 

Lo que nosotros también estamos buscando es que no sólo se reconozca el daño colectivo sino también el daño individual a cada uno de los miembros de la comunidad Pilagá. Esto va a ser motivo de una apelación o recurso extraordinario a la Corte Suprema de Justicia” explicó el abogado Julio García 

La indemnización no prescribe

“La sentencia de Cámara dispone que el resarcimiento económico o indemnización, después de varios años de ocurrido el hecho, no prescriba en delitos de lesa humanidad. Esto tiene trascendencia en la demanda por la Masacre de Napalpí, ya que con anterioridad la jueza Niremperger, sostuvo que en lo referido al resarcimiento económico reclamado por la comunidad Qom, que este había prescripto. La Cámara inclusive hace alusión a otro caso en que se menciona que el resarcimiento económico es casi el único posible”, aclaró García.

Los abogados del caso también refieren que la no aplicación de la sentencia que incluye el resarcimiento económico, “perpetraría una falaz discriminación donde el Estado Nacional indemnizó a las víctimas de la dictadura cívico militar y no lo hace con las víctimas de los Pueblos Originarios”.  

“La sentencia de  Cámara dispone que el resarcimiento económico o indemnización después de varios años de ocurrido el hecho no prescribe, en delitos de lesa humanidad. Esto tiene trascendencia en la demanda por la Masacre de Napalpí ya que con anterioridad la jueza Niremperger sostuvo que en lo referido al resarcimiento económico reclamado por la comunidad Qom, que este había prescripto.

Deconstruir el Estado Colonizador

“El presidente de la Nación, en el discurso de apertura de las sesiones legislativas, hizo referencia a las comunidades indígenas y a la necesidad de trabajar los prejuicios que existen con ellos. Hay que deconstruir ese Estado colonizador. Los hechos de Rincón Bomba fueron invisibilizados ex profeso, durante muchos años. Los pilagá actualmente no pasan de 6.000 personas, fruto de esta masacre que no ocurrió en un sólo día sino que se desplegó a lo largo de 20 días”.

Pedir perdón

“Creo que por preceptos legales, el Estado va a apelar, aunque hay dos sentencias condenatorias. Ojalá que cuando la sentencia llegue a los funcionarios nacionales, el Estado decida pedir perdón. Nos parece importante que, si bien no lo manda la sentencia, aunque si lo da a entender, debiera salir de la voluntad de quienes representan al Estado Argentino pedir perdón por esta masacre. Para nosotros sería muy importante que el pedido de perdón surgiera en esta causa. Ya sea el Partido (Justicialista), sea quien sea pero que se pida perdón”, reflexionó el abogado Julio García 

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