ILE no es delito, es un derecho


José Gigena y Cecilia Ousset, médicos obstetras de San Miguel de Tucumán, fueron denunciados penalmente por un grupo de abogados de su provincia por su participación en la cesárea de una niña de 11 años que había sido violada y cursaba un embarazo de 23 semanas de «alto riesgo» del que nació una beba prematura que falleció diez días después.
Médicos y abogados de la provincia de Tucumán, militantes antiderechos, en contra de la ILE (Interrupción Legal del Embarazo) realizaron una presentación en la que acusaron a los dos profesionales por «la presunta comisión del delito de homicidio calificado», delito que prevé como pena máxima la cadena perpetua.
El médico Jorge Ramacciotti y los abogados Mara Mockevich, Viviana Matar, Luciana María Columbres, Costanza del Carril y Raúl Alfredo Lezana, y los médicos Jorge Javier Ramacciotti y Ricardo Miguel Auad, con el patrocinio de Salvador María del Carril, también denunciaron a Adriana Mónica Romano Mazzone, la titular de la Defensoría de Menores en lo Civil, Penal y del Trabajo de la III° Nominación, por «desobediencia judicial» e «incumplimiento de los deberes de funcionario público», según lo informó Infobae.
La menor, quien fuera abusada por la pareja de su abuela, y su madre, habían solicitado la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) -contemplada en el Código Penal desde 1921 y ratificada en 2012 por el fallo FAL de la Corte Suprema de Justicia de la Nación- y tras un mes de dilación, el Sistema Provincial de Salud de la Provincia de Tucumán (SiProSa) emitió un comunicado que solicitaba la interrupción pero, paradójicamente, aludía al slogan «salvar las dos vidas».
«Es una locura, estos grupos provida tienen una opinión y creen que la pueden imponer sobre leyes que existen desde 1921, y quieren ir para atrás, nos quieren llevar a la Edad Media», dijo a Página/12 Gigena.


Repudio de las organizaciones y especialistas
Las organizaciones Abogadas y Abogados del Noroeste Argentino en Derechos Humanos y Estudios Sociales (Andhes), y el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos Humanos de las Mujeres (CLADEM) publicaron un comunicado repudiando la denuncia contra los médicos, pidieron a la fiscal Giannoni que la desestime e indicaron que «la intención de la denuncia tiene como objetivo lanzar un mensaje disciplinador para que los médicos y médicas se nieguen a garantizar derechos que ya existen».
Así también, referentes feministas junto a representantes del Frente Patria Grande denunciaron también penalmente a las autoridades del gobierno tucumano y del sistema de salud provincial por presunto abuso de autoridad. El gobernador Juan Manzur, la ministra provincial de Salud, Rossana Chahla, el secretario del Sistema Provincial de Salud, Gustavo Vigliocco y la directora del hospital «Eva Perón», Elizabeth Ávila, fueron acusados de obstaculizar la realización del aborto no punible.
El Espacio de Peronismo Popular adhirió al documento redactado por Cladem Argentina en repudio a la denuncia impulsada por el grupo de profesionales antiderechos: “…toda demora innecesaria, información falsa o incompleta e incluso la negativa de llevar a cabo una práctica de ILE constituyen acciones que deben sancionarse administrativa, civil y/o penalmente ya que son actos de violencia de género normados por la Ley 26485, la cual tipifica las violencias”.
A continuación, el comunicado completo publicado en https://m.facebook.com/notes/peronismo-popular/no-vamos-a-ceder-ante-el-avance-contra-los-derechos-de-las-mujeres/297961534206715/
No vamos a ceder ante el avance contra los derechos de las mujeres
El Espacio de Peronismo Popular adhiere al documento redactado por Cladem Argentina y Andhes, junto a las diversas organizaciones feministas y de derechos humanos que repudia la denuncia maliciosa por “homicidio calificado” impulsada por un grupo de abogadas de sectores conservadores y antiderechos, contra les profesionales de la salud Cecilia Ousset Romero y José Gigena. Médicos que realizaron la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) a través una microcesárea a “Lucía”, la niña de 11 años embarazada producto de una violación en Tucumán.
En Argentina, desde 1921 el aborto es legal bajo tres circunstancias: cuando la gestación es producto de una violación, cuando se encuentra en riesgo la vida o cuando se encuentra en peligro la salud del cuerpo gestante. Esta afirmación fue reiterada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo FAL en el año 2012, donde además, exhortó al Ministerio de Salud de la Nación a que se regularice dicha práctica mediante un protocolo que fue redactado en lo inmediato y reformado en el año 2015 frente a las conquistas de derechos de las mujeres.
Con dicha norma vigente, se entiende que realizar una ILE no es delito, por lo que la denuncia penal contra los médicos debe archivarse y debe asumirse que la práctica médica es legal (lícita) y constituye un derecho fundamental de las niñas, adolescentes y mujeres al que deben acceder tanto en el ámbito de la salud pública como privada.
Lucía tiene 11 años, merece la protección integral por ser mujer, niña y víctima de una violación. Al hablar de la violencia sexual que sufrió y conocer que cursaba un embarazo riesgoso hizo uso de su autonomía y, con el apoyo de su mamá, optó por la ILE. Sin embargo, el Estado de Tucumán dilató la ILE con la complicidad de un sector del Poder Judicial tucumano que amenazó a los médicos del Hospital donde era atendida la niña con investigarlos por “homicidio”. Así, mantuvieron a la niña internada y la obligaron a gestar. Cecilia Ousset Romero y José Gigena fueron los únicos médicos que cumplieron con la voluntad de la niña aún cuando todo el hospital que atendía a Lucía se declaró objetor de conciencia.
La voz de ella y de todas las niñas obligadas a maternar es inclaudicable, su interés superior está por encima de todos las concepciones de las jerarquías religiosas y la clase conservadora que hoy no debieran tener permitido influir en las políticas públicas. Ni tampoco en el acceso a derechos, disponibilidad de los servicios de salud pública en general y reproductiva en particular al obligarlas a ser madres. Como bien dice el Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará: “forzar a las niñas a parir es tortura”.
En este contexto, afirmamos que es indiscutible el rol del Estado como garante del derecho al acceso a la salud sexual y reproductiva de los ciudadanos y ciudadanas. El mismo tiene la obligación de poner a disposición de los cuerpos gestantes la información y la acción necesaria cuando se encuentren bajo las circunstancias que permiten el acceso a la ILE. La cual debe cumplirse de forma rápida y segura, eliminando barreras médicas y administrativas, sin intervención judicial. Pues basta con la asistencia de un médico para decidir si el caso se encuadra en las circunstancias que hacen legal a una interrupción del embarazo.
También creemos que el cuerpo gestante merece un trato digno, respetuoso de su intimidad, su dignidad humana y la autonomía de su voluntad, ya que la decisión de la persona es incuestionable y no debe ser sometida a juicios de valor derivados de consideraciones personales o religiosas de los equipos médicos, debiéndose guardar la debida reserva de su caso y brindando la información disponible, inclusive si no hay solicitud expresa; dado que la gran mayoría de los casos es el equipo de salud quien detecta un embarazo no deseado.
Por lo tanto, afirmamos que toda demora innecesaria, información falsa o incompleta e incluso la negativa de llevar a cabo una práctica de ILE constituyen acciones que deben sancionarse administrativa, civil y/o penalmente ya que son actos de violencia de género normados por la Ley 26485, la cual tipifica las violencias.
Dicho esto, insistimos en que no se puede denunciar a los médicos. No hay justificación legal que pueda sostener esta denuncia y que es sólo una demanda de grupos que atentan contra los derechos de las mujeres con un Estado que avala este ataque.
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