La deuda es con las madres

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Recientemente, el Ministerio de Economía de la Nación presentó el Índice de Crianza, una herramienta que, se espera, complete un vacío de criterios que existe actualmente en la definición y negociación de las cuotas alimentarias cuando una pareja con hijxs se separa. Este proceso puede ser muy simple en algunos casos, como presentar muchas dificultades en otros. Teniendo en cuenta que en las parejas heterosexuales son las mujeres quienes desde siempre han recibido la mayor carga de las tareas de cuidado en los hogares, son las más perjudicadas cuando un acuerdo no contempla de forma total lo que implica una crianza y también cuando estos se incumplen. 

Trataremos de graficar particularmente esta situación, tratando de no generalizar como regla el incumplimiento de varones progenitores, pero sí entendiendo que existe una tendencia en ese sentido. Además se hablará de madre y padre, tomando la experiencia de relaciones de parejas heterosexuales donde se vienen dando este tipo de casos. La idea es invitar a reflexionar cuánto vale la tarea de la crianza y sobre quienes recae. 

Datos de padres y la cuota que debieran pagar

De acuerdo a datos de UNICEF (2022), el 50,2% de las mujeres en los que el padre no convive con lxs niñxs, no recibió dinero en concepto de manutención en los últimos 6 meses, y el 12% sólo recibió manutención algunos meses. Es decir, 3 de cada 5 hogares a cargo de mujeres no reciben la obligación alimentaria en tiempo y forma. En tanto, el 59% de los hogares monomarentales destina más de la mitad o casi todos sus ingresos al pago de deudas o atrasos (CEPAL y DNEIyG, 2023). 

En diálogo con Proyecto Bohemia, la abogada de Familia y Penal Estefanía Galeano (M.P. 8376) relató los casos que cotidianamente recibe en su estudio en relación a estas situaciones: “Generalmente cuando hay una separación la carga de crianza y la responsabilidad recae en las mujeres. Son diferentes los conceptos de crianzas que tienen mujeres y hombres, estos últimos no suelen incorporar los tiempos y dinero real que esto conlleva”. 

A esto se suma que, a la hora de definir la cuota alimentaria entre las partes, no hay un parámetro definido actualmente. “Ninguna ley establece un mínimo ni un máximo. Hay una creencia de que es el 30% obligatorio pero en realidad no es así. Lo óptimo es contemplar los ingresos de ambos progenitores, se define quién se hará cargo de la mayor parte de la crianza y también la calidad de vida de lxs menores. Se supone que más allá de la separación, la calidad de vida de ellxs no debe variar. Eso es lo que debería medir el valor de la cuota”. 

De la misma forma, la letrada comentó que en el monto total se toman básicamente gastos en alimentos, dejando muchas veces de lado otros relacionados a la educación o salud, por ejemplo, o los servicios de luz y agua de la vivienda donde mayor tiempo pasaran lxs hijxs ni tampoco la carga de tiempo que esto significa. “Hoy en día yo todavía no vi que se contemple en todo el proceso lo que es la crianza y los cuidados. Se suele hablar de los cuidados, se suele negociar con los cuidados, pero no se llega a contemplar en el porcentaje de la cuota” comentó Galeano, quién además integra la Asociación de Abogadas del Chaco. 

Para llevar adelante la definición de los montos, se pasa por una mediación. Si el padre, también llamado alimentante, tiene un trabajo formal, la cuota se calcula mediante el recibo de sueldo y el proceso suele agilizarse, además de que el cumplimiento puede controlarse con mayor rigor. La situación se complica cuando quien debe pagarla no cuenta con un trabajo registrado: “cuando no tiene un empleo formal, el pago depende 90% de su voluntad en hacerlo o no”.

A su vez, la abogada coincide en que, en su experiencia y en el intercambio con sus colegas, el incumplimiento es mayormente de los padres y gran parte de la carga de crianza, económica y de tiempos, recae en las madres. “Los alimentos suelen ser una lucha para la mujer, que termina cansándose y aceptando una cuota menor a la que debería ser”, agregó. De la misma forma, por las demoras, muchas mujeres desisten del reclamo judicial o tampoco cuentan con la posibilidad de costear un abogado o abogada que lleve adelante la acción. 

Galeano señaló otras aristas que se dan en estos contextos: “Muchos progenitores  reciben muchísimo más de lo que figura en su recibo de sueldo y tienen una calidad de vida más alta. Pero eso se debe probar en un juicio, lo que no es muy difícil pero el proceso judicial puede tardar años y mientras tanto, son las mujeres quienes sustentan la totalidad de los gastos”.

En otra línea, siguió comentando: “La típica es que renuncian, o le piden al jefe que los deje en situación informal o que parte de su sueldo no esté registrado. He tenido alimentantes que han renunciado tres veces en la misma empresa al trabajo en blanco”. 

Además, identificó más falencias existentes en este proceso: “Otra cosa que yo sugiero y no se suele contemplar es la cuota extraordinaria, que se debe pactar aparte de lo que es la cuota común para momentos donde se prevé que habrá mayores gastos, como por ejemplo el inicio de clases o cumpleaños donde habrá gastos extras que los que tenes mes a mes”. En relación a ello, cabe destacar que con los índices inflacionarios actuales, existe el riesgo de que los montos fijados en las cuotas queden desactualizados rápidamente. 

En este marco, destacó que cuando se da el cumplimiento efectivo de los pagos no necesariamente significa que el progenitor asuma el total de sus responsabilidades en la crianza. A modo de reflexión personal, manifestó: “Para mí el tiempo es lo que más caro le sale a la mujer, el tiempo de cuidado y la carga mental de hacerse cargo de la mayoría de las actividades de les hijes. Y cuando decimos tiempo es dinero también, porque no podes hacer horas extras, tener otro trabajo o seguir capacitándote porque ese tiempo se dedica a la crianza”. 

No podemos dejar de lado que esta situación es consecuencia, en gran parte, de los roles de género establecidos en nuestra sociedad que imponen que las madres son quienes deben dedicarse particularmente a sus hijxs, que deben poder hacerse cargo siempre y resignar cosas en ese camino, mientras que los varones no tienen esa presión social. Por ello es necesario que el Estado, en su conjunto, genere herramientas para que las responsabilidades de cuidado y crianza se distribuyan de forma equitativa y se reconozca el valor real de esta tarea. 

Registro de deudores

En los últimos años distintas provincias, incluida Chaco, han creado un Registro de Deudores de cuotas alimentarias para sumar una herramienta de control y sanción de estas situaciones. También la Cámara de Diputados de la Nación ha dado media sanción a un proyecto de ley para la creación de un organismo similar con alcance en todo el país.  Lo cierto es que, si bien ha sido un aporte para la resolución de conflictos, presenta algunas fallas en su implementación. 

Cuando una persona incumple una resolución judicial o un convenio homologado judicialmente de prestar alimentos a hijxs o familiares y presenta una deuda de al menos 3 cuotas puede solicitarse que sea incluida en el Registro de Deudores. Tras ese paso, puede verse inhabilitada de realizar ciertos trámites y tener otras consecuencias en el ámbito laboral. 

En la provincia algunos organismos lo utilizan y si ven que la persona está dada de alta como Deudor puede significar una imposibilidad para acceder a un concurso por un cargo, por ejemplo. Tras su creación se invitó a entes del estado provincial y municipales que incorporen su utilización pero en la realidad son pocos los que hacen uso del mismo. A la vez, no tiene un alcance general teniendo en cuenta las diversas condiciones laborales que existen en el ámbito local: “Si es  un trabajo en blanco es más difícil que sean deudores, porque es más rápido y fácil la deducción de la cuota pero la complicación aparece cuando se fija una cuota y es monotributista o no está registrado, que sucede en gran parte de los casos. A estos es más difícil incluirlos en el Registro y raramente tienen consecuencias efectivas”, detalló Estefanía Galeano. 

El índice de Crianza 

El Índice de Crianza presentado a nivel nacional, se supone, servirá para tener un valor de referencia sobre los costos que implica para una familia alimentar, vestir, garantizar vivienda, trasladar y cuidar niños, niñas y adolescentes. La importancia que reviste es que será un dato validado y publicado de forma oficial desde el Instituto Nacional de Estadística y Censos. 

La idea es que, una vez difundido, se establezca como obligatoria su aplicación en el ámbito judicial, sobre todo a la hora de establecer las cuotas alimentarias en los casos que se requiera. También, servirá a la comunidad en general para tener una previsión en cuanto a los gastos que requiere la organización de un hogar y la gestión de los cuidados. 

Hogares sin presencia de padres

Cabe destacar que en el tercer trimestre de 2022 hubo más de 1.600.000 mujeres a cargo de hogares con niñxs y sin presencia de cónyuge (monomarentales). Esto representa al 11,7% del total de hogares. Además, se estima que en estos hogares viven más de 3.000.000 niñxs. Se informa además que, entre las jefas de estos hogares, el 27,4% tuvo ingresos por debajo de la línea de pobreza y el 5,3% tuvo ingresos menores a la línea de indigencia.

Notamos este anuncio como un primer avance importante el reconocimiento y la incorporación de la economía de los cuidados en una política pública y como parte de la economía global y cotidiana del país.  Esperamos que sea un puntapié para que haya una resolución más efectiva en la definición de las cuotas alimentarias cómo en la visibilizacion de lo que implica y el costo real de la crianza de infancias y adolescencias.

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