El abuso sexual es un delito y no «acoso callejero»

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«Iba en bici pasando por la avenida Rissione al 300, donde está el puente, cuando un HdP… DEGENERADO me pegó en la cola», publicó en su cuenta de instagram una joven chaqueña, hace pocos días. 

El caso, que se conoció primero en redes sociales, se difundió luego en los diferentes medios de comunicación “tradicionales”, que en un buen número, parecen haberse quedado en las tradiciones patriarcales con los enfoques comunicativos, pero será eso motivo de análisis más adelante.

La joven añadió en su publicación datos de la vestimenta que usaba el agresor, referencias de la motocicleta que conducía, e incluso consiguió el video de las cámaras de seguridad de la zona. Sin embargo, sin descreer del efecto logrado mediante la viralización de su posteo, lo que le permitió abrir una causa judicial por “abuso sexual simple” en la Fiscalía N° 2 de Resistencia, fue haber hecho la denuncia

La importancia de radicar denuncia policial y/o judicial está en las herramientas que les otorgamos a las y los investigadores. Si el objetivo es que este tipo de violencia, tan arraigada y hasta naturalizada, sea erradicada, debe haber un orden social que respete y haga respetar a las mujeres, en este caso en la via pública. De hecho, esto que ocurrió en Avenida Rissione y que se repite en diferentes calles de la ciudad, la provincia y el país, no es “acoso callejero”. 

Según el artículo 119 del Código Penal (CP), lo que se dio es un caso de abuso sexual simple. “Simple”, porque no está agravado por otra circunstancia de las que se tipifican ahí. O sea que el delito, contempla penas que van de los seis meses a los cuatro años de prisión.

Los agravantes pueden ser -entre otros- el “acceso carnal”, que estipula todavía penas más elevadas de “hasta 15 años”, pero que no ha sido el caso de la Avenida Rissione. 

Sin embargo, se ha visto erróneamente en varios medios de comunicación hacer referencia a un caso de “acoso callejero”, que constituye una contravención y tiene sus consecuencias, pero que se difernecia de un delito como el abuso sexual simple, que estipula incluso la posibilidad de ir a la cárcel. 

¿Por qué es importante que se establezca esta aclaración? Porque existe en el ideario colectivo la desacertada imágen de que la violencia de género no es un delito. O quienes interpretan que golpear “en la cola” a una mujer, no constituye violencia de género. 

Si, además los medios publicamos erróneamente, si hasta el sistema judicial actuará careciendo de perspectiva de género, esta idea es arraigada y sostenida en la sociedad como una verdad. 

De hecho, recordemos que el CP argentino, hasta hace pocos años, no estipulaba la figura del “femicidio”, y que como resultado de la lucha de los colectivos feministas y el compromiso de sectores estatales con la perspectiva de género, se logró entender que un femicidio no es un “crimen pasional”, y que los “temas de pareja” en alusión a la violencia de género, no sólo no son cuestiones del ámbito de la intimidad de las personas, sino que deben ser preocupación colectiva de la sociedad. 

Así que no es “acoso callejero” o “piropos en la vía pública”, como hasta no hace mucho lo referenciaban. Es un caso de “abuso sexual simple” que, imaginen, muy probablemente costará desnaturalizar como habitos “aprobados” por el ideario social. 

Abuso sexual simple: El hecho fue captado por las cámaras de seguridad de la ciudad de Resistencia

La causa avanza hacia un juicio con el imputado en libertad

El caso recayó en la Fiscalía N° 2, a cargo de Ana Gonzalez, que ha seguido los procesos pertinentes previos a una elevación a juicio, en caso de reunir las pruebas suficientes para tal fin. 

Por la escala penal punitiva se procedió de la manera ordinaria, porque si bien se trata del delito de abuso sexual simple, es un delito excarcelable. Lo que implica que el imputado puede esperar el juicio en libertad.

Fuentes judiciales informaron a Proyecto Bohemia que la causa podría elevarse a juicio en “febrero de 2022”, oportunidad en que se podrían imponer medidas tales como la realización de talleres de nuevas masculinidades, de violencia de género e incluso tratamientos psicológicos si fuera necesario.

De hecho, si surgen otras denuncias penales respecto de otras damnificadas, por idéntica conducta, se puede “ampliar la imputación” e incluso evaluar la prisión preventiva si la fiscala lo cree pertinente. Y aquí podríamos extendernos en el debate, si es el punitivismo raso el que va a erradicar la violencia de género, o si apostamos a un cambio social y cultural, con medidas preventivas que sometan a las masculinidades a una revisión constante de sus hábitos patriarcales. 

No todos los violentos visten como  monstruos

En un video, que difundió en sus redes personales, el imputado reproduce un sinnúmero de ideas confundidas.

Este es el modelo de hombre con quien, usualmente, podríamos convivir. Podría ser mi hermano, mi pareja o un vecino del barrio. Los hombres violentos no visten como  monstruos, “son hijos sanos del patriarcado”. 

El imputado dice que «no midió consecuencias». Conductas como estas, generan traumas a mujeres, muchas veces a niñas, a quienes después, como mínimo, se les dificulta caminar solas por la calle. Quienes deben deambular por tratamientos psicológicos para lograr enfrentar el miedo que esta experiencia  les implicó. 

El imputado le pide perdón a la familia de la joven, no a ella, luego en el texto dice otra cosa. Nunca entendió que el daño no se lo hacía a la familia sino a la propia  víctima.

Casi descaradamente el imputado habla en ese video «del suceso que vivió» la joven. Ella no lo vivió sino que él se lo hizo vivir. Una expresión similar a impresentables titulares tales como «Apareció muerta» o «La encontraron asesinada», ante claros casos de femicidios. 

De hecho, en parte de ese pedido de disculpas, el imputado habla como enajenado del suceso. No desde el lugar de responsable, sino en el rol de víctima, cuando afirma  «lo que tuve que vivir el otro día» y otros detalles que ni siquiera ameritan mayor análisis.

Unas “disculpas”, no son la figura prevista por el CP para actuar ante un abuso sexual simple. ¡Imaginen si otros delitos se resolvieran de ese modo!  En todo caso, el arrepentimiento servirá ante la justicia para que valore atenuantes a la hora de concebir la pena, en caso de que se considere que el hombre no estuviera mintiendo. 

Al margen del caso puntual, ¿qué herramientas existen para poner fin a este tipo de violencia? o ¿cuáles podemos generar?, ya que aún siendo considerado un delito estipulado en el CP, incluso con la posibilidad de ir a la cárcel,  existen hombres que se creen con total derecho de someter a mujeres porque “no miden consecuencias”. 

En algunos países, de manera preventiva, el Estado ofrece programas de nuevas masculinidades, de manera voluntaria a quienes gozan del derecho de la libertad. Y a quienes están privados de ese derecho por haber ejercido violencia de género, los someten a la obligatoriedad de capacitarse, incluso mediante tratamientos psicológicos además de realizar tareas comunitarias en relación a la concienciación del tema. 

Parece imperiosa la intervención de los tres poderes del Estado, con la aprobación de un organismo establecido por Ley, para que estos programas se evalúen, se ejecuten y se controlen en su seguimiento, de manera pertinente y eficaz. Porque de otro modo, incluso hasta habiendo cumplido una condena en prisión, estos hombres “hijos sanos del patriarcado”, serán devueltos a la sociedad sin el necesario cambio personal y social, que garantice a niñas y mujeres, el derecho de caminar libremente y sin miedo por la vía pública. 

Casos como este, hay muchos. Todxs conocemos a alguna mujer que le haya sucedido, de hecho, con seguridad, nos ha pasado. Y no por repetitivo debe naturalizarse ni mucho menos aceptarse, pero es momento de avanzar en la exigencia de cambios en las actitudes violentas, machistas y misóginas. Un primer paso es radicar la denuncia, porque si solamente queda en el ámbito de nuestras redes, no existe para el mundo jurídico, porque si el antecedente queda registrado, podrá significar una prueba contundente. 

Y otro paso, ya en el plano social, será lograr el compromiso del Estado, con la ejecución  de políticas públicas que prevengan estos delitos. 

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Categoria: Género, Justicia | Tags: , , , | Comentarios: 0

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