Caso Maira: ¿Porqué no se lo consideró femicidio?

Por el


Luego de hecho público el fallo que condenó a Rodrigo Silva por homicidio a la pena de 21 años de prisión por el asesinato de Maira Benítez, la Asociación Pensamiento Penal hizo una lectura del mismo para entender los motivos por los cuales no se juzgó como femicidio.

Más de dos años de espera tuvo Antonia, mamá de Maira Benitez, hasta lograr que la justicia provincial juzgue a los cinco acusados por su desaparición y muerte. Tenía 18 años y era madre de Brisa de dos, cuando desapareció el 16 de diciembre de 2016 en Villa Ángela. Fue vista con vida la última vez en el auto de Rodrigo Silva, principal acusado y con quien había tenido una relación de pareja.

El 18 de marzo de este año, el tribunal de la Cámara del Crimen de Villa Ángela compuesto por los jueces Ricardo González Mehal, Hilda Beatriz Moreschi y Daniel Javier Ruiz inició la primera etapa de audiencias del juicio por “homicidio simple y facilitación de la prostitución” de Maira Benítez.

Y el 2 de mayo se leyó la sentencia. Rodrigo Silva, principal imputado, fue condenado como “penalmente responsable del homicidio simple” de Maira a cumplir 21 años en prisión, pero fue absuelto de la acusación por “facilitación de la prostitución”. También quedaron absueltos el resto de los imputados: Catalino Silva –padre de Rodrigo- que era acusado de ser partícipe secundario; y Luis Coria, Gabriel Cáceres, Héctor Cáceres y Magdalena Belén Ledesma por encubrimiento agravado. 

El tribunal determinó la imposibilidad de que el caso sea enjuiciado como femicidio, lo cual había sido solicitado por parte de la querella en los alegatos, que fueron anulados.

El fallo se hizo público, y desde la Asociación Pensamiento Penal emitieron una síntesis a fin de facilitar su comprensión. 

Por qué no se consideró femicidio

La causa fue elevada a juicio impuntado a Rodrigo Germán Silva por los delitos de promoción y/o facilitación de la prostitución y homicidio simple en concurso real en calidad de autor. Su padre, Catalino Abel Silva fue acusado de ser  partícipe secundario de homicidio simple; mientras que Luis Cirilo Coria, Hector Gabriel Cáceres y Magdalena Belen Ledesma por encubrimiento agravado.

Sin embargo, la fiscal de Cámara desestimó la acusación a Rodrigo Silva por el delito de promoción y/o facilitación de la prostitución en calidad de autor, así como tampoco tuvo en cuenta al padre como partícipe secundario ni a Coria, Cáceres ni Ledesma por encubrimiento agravado. El abogado de la querella –madre de Maira-, Pablo Vianello, adhirió a la valoración de la prueba efectuada por la Fiscalía de Cámara, pero sin relatar el hecho que consideró acreditado, variando sorpresivamente la calificación legal, encuadrando la conducta del mismo en el delito de femicidio con privación de libertad y solicitando la prisión perpetua. 

Respecto del otro imputado, Catalino Silva, tampoco relató el hecho que consideró acreditado, y varió además la calificación legal del mismo, encuadrando su conducta en el delito de partícipe secundario de femicidio, solicitando la pena máxima para dicho delito, la que no precisó. En relación a los coimputados Luis Coria, Héctor Cáceres y Magdalena Ledesma, tampoco relató el hecho que consideró acreditado respecto a los mismos, ni en qué consistieron sus conductas, no procedió a valorar prueba de cargo alguna, para luego llegar a la convicción de que los mismos cometieron el delito de encubrimiento agravado, manteniendo la calificación legal originaria, solicitando pena, la que no mensuró ni fundó, limitándose a peticionar «…el máximo de la pena…». “En razón de ello, analizada la pieza procesal en cuestión, el suscripto arriba a la conclusión de que dicha acusación deviene nula de nulidad absoluta, al afectar groseramente la garantía de defensa en juicio, correspondiendo la declaración de nulidad de la misma en su totalidad.” (extraído del fallo).

De acuerdo a las pruebas colectadas, el Tribunal entendió que el hecho sucedió del siguiente modo: Que el sábado 17 de diciembre de 2016, alrededor de las 2 horas, Maira salió de su domicilio. Alrededor de las 5, estando junto a José Emmanuel Funes en la vía pública, detuvo la marcha un automóvil conducido por Silva, quien se encontraba acompañado por su pareja Francisca Ledesma, y Héctor Cáceres y su novia Jaquelina Contreras. Luego de dialogar con Maira, la misma subió al automóvil conducido por Silva y recorrieron la ciudad por distintos lugares.  Posteriormente, Silva decidió llevar a cada uno de los integrantes del grupo que estaban en el automóvil a sus respectivos domicilios, quedándose solo con Maira. A las 06,30 horas de la mañana, aproximadamente, se trasladaron hacia el Lote 11, ubicado a unos 15 kilómetros de Villa Ángela, hacia el campo donde vivía el imputado y procediera a dar muerte a Maira, para luego ocultar sus restos, los que no fueron hallados hasta el día de la fecha. 

El Tribunal concluyó que Silva actuó con dolo homicida, dando muerte a Maira Benítez. Por supuesto que, al no contar con el cuerpo sin vida de la misma, al no poder haber sido realizada una autopsia sobre éste, por el ocultamiento del cadáver que hiciera Silva, “nunca podremos saber la modalidad o la mecánica en que éste cometió el homicidio.” Y… “En cuanto a la faz subjetiva, tampoco puede discutirse que Rodrigo Germán Silva obró de forma dolosa (con intención de…). Ello en el razonamiento -tal como fuera indicado en la primera cuestión-, de cuál fue el móvil delictivo para consumar el hecho, el que no era otro de silenciar a Maira para que mantuviera en secreto la infidelidad que Rodrigo cometía, al mantener una relación amorosa paralela con Belén Ledesma, hermana de su entonces pareja Noelia Ledesma, circunstancia que Maira conocía, y desafiaba con contar.”

La Fiscalía – es decir, la parte acusadora- tanto cuando requirió la elevación a juicio, como durante el desarrollo del juicio, no amplió la acusación de homicidio a femicidio. “Recordemos que sólo la Fiscalía es la única parte protagonista del procedimiento penal chaqueño que podía hacerlo si así lo estimaba y hubiera valorado un contexto de violencia de género en el caso”. 

“Al no considerarse el contexto de violencia de género en el hecho, no puede haber condena por parte de los jueces por el delito de femicidio”.

“En nuestro proceso penal provincial, sólo la Fiscalía puede variar el hecho acusador contra el imputado. Las víctimas que actúan como querellantes (acusadores privados) no lo pueden hacer (como sí ocurre en otras provincias o en causas de la justicia federal). Menos aún, en el alegato final. Es por esta razón que lo expresado por el abogado de la madre de Maira Benítez en el debate en el sentido de ampliar la imputación (a femicidio) es un acto nulo, por violarse “las reglas de juego” del debido proceso, lo que halla su fundamento en el hecho sustancial de vulnerar el derecho a la defensa, toda vez que se “sorprende” al imputado con una acusación de la que no tuvo oportunidad de defenderse”, concluyeron desde Pensamiento Penal.

Síntesis del fallo de Asociación Pensamiento Penal: https://www.facebook.com/notes/asociaci%C3%B3n-pensamiento-penal-chaco/caso-maira-ben%C3%ADtez-s%C3%ADntesis-del-fallo/2067192736921445/

agenda bohemia

El Arbol Amarillo Libreria Infantil

Categoria: Judiciales | Tags: , , | Comentarios: 0

Sé el primero en escribir un comentario.

Deja un comentario



Apoyá a la Revista


Si llegaste hasta acá es porque te interesa nuestra mirada hacia la sociedad y la manera comprometida con la que hacemos periodismo. Somos un medio autogestionado, alternativo, enfocado en temáticas de género y derechos humanos. Vivimos tiempos complejos y solo podemos seguir creciendo con tu aporte voluntario.



revista bohemia donaciones

DONAR
$500



revista bohemia donaciones

DONAR
$1.000



revista bohemia donaciones

DONAR
$2.000




Te sugerimos estos montos, pero si querés ayudarnos con otro importe, podés hacerlo en este CBU 3110016611001019972012 / Alias: ProyectoBohemia. Si tenés alguna duda, escribinos al correo bohemia.prensa@gmail.com



Últimas Notas


Qué es el negacionismo
Democracia

Los discursos negacionistas siempre existieron pero el avance de sectores ultraconservadores intensifican su expansión.

VER MÁS




Mayor nivel educativo pero peores condiciones de vida entre personas LGBTNb+ en Argentina
Diversidad

Este es uno de los resultados preliminares del Primer Relevamiento Nacional de Condiciones de Vida de la Diversidad Sexual y Genérica en la Argentina, del cual participaron más de...

VER MÁS




Mujeres Conectadas: 129 comunidades del Gran Chaco Americano acceden a la conectividad
Igualdad de Género

Mujeres rurales comenzaron a utilizar internet como herramienta de trabajo para vender sus productos, buscar formas de adaptación al cambio climático y transformar su arte nativo en arte digital.

VER MÁS




Entrevista a Álvaro García Linera. La DERECHA NO PERDONA
Políticas públicas/ política

Álvaro García Linera es un referente ineludible de los proyectos progresistas de América Latina. “Siempre hay una salida progresista”, dice.

VER MÁS




Las Panteritas U17 son campeonas sudamericanas con dos chaqueñas en el plantel
Deporte Femenino

Con un emotivo 3 a 2, la selección argentina Sub17 de vóley femenino venció a Brasil. Las pibas son campeonas del sur del continente.

VER MÁS




Ampliación de Licencias Familiares: el camino hacia la crianza compartida
Economía de Género

El sistema económico se sostiene por la red de cuidados y tareas domésticas que realizan mayoritariamente mujeres.

VER MÁS