Abuso sexual en la infancia: un delito sobre los derechos humanos

Por el


Daniel Pacce y su esposa fueron denunciados por una sobrina y otra mujer. Las sobrevivientes pudieron hablar recién en la adultez. Desde el 2016 el Congreso brindó a ellas y otras víctimas, una herramienta para poder ejercitar sus derechos con plenitud ante el sistema de justicia: la ley 27.206 denominada “De Respeto a los Tiempos de las Víctimas”. La fiscal Daniela Meiriño acaba de pedir el archivo de la causa. Centenares de personas y organizaciones repudian la lectura hecha por la Fiscalía Penal Nº9 de Resistencia.

Campaña de apoyo de la Corriente Provincial Kirchnerista

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Desde el mes de julio de 2016, la denuncia de abuso sexual agravado contra Daniel Pacce, ex diputado nacional, y su esposa Noemí Alvarado estuvo siendo analizada por la Fiscalía N° 9 a cargo de la Dra. Daniela Meiriño. La reforma de la ley N° 27.206, que suspende los plazos de prescripción del delito de abuso sexual en la infancia, fue una herramienta fundamental  para presentar la denuncia formal contra sus agresores a quienes, en el caso de una de las víctimas, los unen lazos familiares.

Ambas mujeres, Belén de unos treinta y pico y Rosalía, más de 40 años, las marcó el horror de haber sido abusadas en su infancia y por las mismas personas. Para entender el proceso que alguien debe atravesar hasta poder “hablar” y denunciar un hecho tan aberrante como este, es necesario saber que fueron mutiladas en su inocencia.

Rosalía lo describe claramente: “Es horrible, pero a mí me ayudó mucho encontrar a Belén”, sintetiza el sentimiento contradictorio que embarga a todas las víctimas que durante tanto tiempo intentaron olvidar, negar el horror. “Cuando nos pudimos encontrar por primera vez y hablar y recordar las mismas cosas horribles, fue terrible pero aliviador. Las dos recordábamos (y lo dicen a dúo) la cajita dorada (donde el monstruo tenía caramelos que usaba como premios). Ella era pequeña -dice Rosalía en alusión a Belén-  pero lo mío fue durante mucho tiempo desde los 5 ó 6, hasta los 11 años”.

Belén mira a su amiga y como siguiendo el relato que, de a ratos es de una sola, porque el horror es coincidente, sentencia: “En el caso del abuso no hay marca física. O si la hubo a esta altura, ya no la tenemos. Pero por sobre todas las cosas es un ejercicio del poder en la huella más simbólica, más profunda de la construcción. Y hay algo que se juega mucho en una, que es la culpa. Cuando decidí hacer la denuncia me lo planteé: ¿Será que esto es lo correcto? Por eso es muy importante cuando aparece alguna declaración que nos ayuda a confirmar lo que el cuerpo quiere olvidar”. Rosalía interrumpe y explica esa rara sensación contradictoria: “Es un mecanismo de defensa. Cuando leí sobre esto me di cuenta que a mí me pasaba todo el tiempo en el cuerpo y en el alma, en todo. No podes vivir con el horror todo el tiempo, porque es invivible. Entonces lo negás. No pasó. Incluso hubo años de mi vida en que yo seguía la relación familiar, iba a la casa (de sus tíos). La mente va intentando borrar esos recuerdos. Pero cada tanto te explota y lo hace de distintas maneras. No sólo gritando lo que él había hecho. Yo he tenido ataques de pánico que he terminado en el Hospital Perrando, sedada en la guardia y nadie sabía por qué”.

Foto de Gabriela (5)

Belén la escucha y mientras se seca las lágrimas dice: “Incluso recordar donde sucedían los abusos, los colores de los lugares, los momentos, los horarios en donde pasaba”.

Significa un peso menos a tanta angustia saber que no están solas. A raíz de las publicaciones de los casos en las redes sociales se fueron sumando personas que dijeron saber que esto pasaba a mediado de los ‘80. Que esta familia era así. Personas que se ofrecieron como testigos incluso porque, como cuenta Belén, “era muy voraz el asunto. Siempre había muchos pibes en esa casa. Esto es lo que todos dicen. Ellos eran los anfitriones”.

En la gran mayoría de los casos de abuso sexual infantil es raro encontrar víctimas que lo puedan contar en el momento del padecimiento. Lo aún más macabro es que generalmente los abusadores integran el círculo íntimo del niño o niña. Son familiares o amigos de la familia. Los últimos datos estadísticos de Unicef Argentina, muestran que en el 80 por ciento de los casos los agresores son miembros de la familia o del entorno cercano. Asimismo, cerca del 90 por ciento de los agresores son varones y casi el 70 por ciento de las víctimas son niñas. Por eso es tan difícil expresarlo para un chico. Pero Belén lo pudo hacer. Casi un año después de haber sufrido abuso, entre su balbuceo de nena de tres años para entonces, le contó a su maestra jardinera que “le había visto la cola a Daniel” y así la familia comenzó a indagar. Sin embargo, se encontraron con un gran escollo ante la intención de hacer la denuncia: el sistema judicial de los ‘80. Por eso ella apunta “al sistema en sí, porque en mi caso lo que sucedió fue que mi mamá acudió a la justicia. Y fue la misma justicia la que desalentó el proceso arengando que hacer la denuncia sería algo traumático para mí. Básicamente la mandaron a la casa y que me lleven a un psicólogo. Porque además le planteaban que esta gente tenía mucho poder. Así que la ley 27.206, también pone la lupa sobre el mismo sistema, diciéndole ´ahora no te podés seguir haciendo el que no ves o no darle relevancia a lo que le pase a un niño”.

Sin embargo, a más de 20 años de ese planteo de los agentes judiciales “ochentosos”, la fiscal Meiriño hoy, ¿tiene una lectura similar de lo ocurrido? ¿No tiene herramientas legales para sostener la causa y elevarla a juicio? ¿No escuchó a las víctimas tal lo expresa la propia legislación e incluso pactos internacionales con rango constitucional? Hay muchos interrogantes que interpelan ante un hecho aberrante como el abuso sexual en la infancia y movilizan a exigir más, por parte del actual sistema de justicia, que el archivo de la causa.

 

Garantizar el acceso a la Justicia

En parte de los extensos argumentos de la Fiscalía, Meiriño sostiene que “El principio de legalidad «nullum crimen sine lege», principio fundamental de la existencia del derecho penal, comprende entre sus aspectos y el que aquí me interesa resaltar: la necesidad de una Lex Previa (principio de irretroactividad de la ley penal más severa y retroactividad y ultraactividad de la ley penal más benigna). Nadie puede ser condenado por acciones y omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el derecho aplicable. Tampoco se puede imponer pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito, si con posterioridad a la comisión de éste la ley dispone la imposición de una pena más leve, el sujeto se beneficiaría de ello”.

En términos generales, se sostiene el archivo de la causa con argumentos amparados en una lectura sobre legislación vigente, pactos internacionales e incluso la propia Constitución. Sin embargo, la modificación de la ley 27.206 que canceló la prescripción del abuso sexual en la infancia, surge como una herramienta. Ahora las víctimas, luego de haber logrado, ya en la adultez, la confianza necesaria para superar la angustia, hicieron posible la presentación de una denuncia formal contra sus agresores recién en 2016 esperan más del actual sistema de justicia, intentando superar el manto de silencio que envolvió a este tipo de crímenes, teniendo en cuenta la situación de poder del acusado en la década del ‘80.

El abogado querellante de ambas mujeres, Leandro Ramírez, hace una lectura de lo actuado judicialmente entendiendo que “en febrero del año pasado la defensa de Pacce y Alvarado planteó la prescripción de los hechos denunciados. Es lo primero que cualquier defensa haría, pero lo que hay que contemplar es que la ley 27.206 viene a reconocer que las víctimas de este tipo de delitos no son equiparables a la de cualquier otro. No estaban en pie de igualdad a la hora de aspirar un acceso a la justicia que atienda su reclamo; esto por las particularidades propias del bien lesionado. Esta norma viene a cristalizar más en concreto principios consagrados con mucha antelación en los tratados de derechos humanos que enumera el artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional. Estos tienen jerarquía constitucional y no contradicen de manera alguna otras garantías o principios constitucionales. Si bien se hicieron avances, en la época en que sucedieron los hechos denunciados por Belén y Rosalía la víctima de abuso sexual recibía como respuesta de los operadores judiciales un ‘andá a tu casa, seguí con tu vida’ obturando así el acceso a la jurisdicción”.

Foto de Gabriela (6)

Claramente las normas nacionales e internacionales dejan la puerta abierta para diferentes lecturas que escapan al sentido común del simple entendedor que no ve otra cosa que un hecho aberrante que no está siendo juzgado. Haya ocurrido antes, hace 20 o más años. Y la reforma de la ley 27.206 acarrea esperanzas en las víctimas de abusos sexuales en su infancia, que esperan más del sistema de justicia. Incluso en un fragmento de los argumentos de la resolución que archiva la causa, la fiscal Daniela Meiriño sostiene: “Entiendo necesario resaltar que no escapa de éste Ministerio Público Fiscal que estamos frente a hechos de naturaleza grave, donde el menor víctima niño o niña se encuentra en un máximo grado de vulnerabilidad tanto física como emocional y que el dictado de las leyes referenciadas implican un gran avance y reconocimiento en la materia”. La fiscal reconoce el horror de lo sufrido por las víctimas y sin embargo expresa que “…el ejercicio de la potestad punitiva estatal se halla limitado también en el tiempo y la prescripción de la acción penal constituye uno de esos límites, en la medida que impide la persecución penal una vez transcurridos los plazos previstos en la ley para el ejercicio del poder punitivo”.

A ojos de un ciudadano común, en función de los pronunciamiento de diferentes sectores sociales y políticos, esto puede percibirse como injusto. Pero más allá de ese análisis, tal vez generalizado, la querella presentó su “oposición” ante el Juzgado de Garantías N° 2. Al anunciarlo ante la Fiscalía deberá darse fecha a una audiencia oral en la que las partes sean escuchadas y en la que se espera que las víctimas tengan posibilidad de que el hecho denunciado sea elevado a juicio.

La prescripción no puede estar al servicio de la impunidad

Desde fines del 2014, a partir de que algunas víctimas de abuso sexual en su infancia siendo adultas pudieron hablar, comenzaron a darse actividades desde la sociedad civil, con el fin de visibilizar esta problemática y apoyar la sanción de la Ley 27.206, que prácticamente declara la imprescriptibilidad de este delito. Así surge la organización comunitaria “Al Fin Justicia para niñas, niños y adolescentes víctimas de abuso sexual”.

En ese camino, contaron con el apoyo de personalidades de la cultura, la política y la sociedad en general, tanto a nivel provincial como nacional. Organizaciones de todo el país vinculadas a la temática fueron escuchadas en el Senado de la Nación, la iniciativa legislativa fue muy debatida y finalmente, tras algunas modificaciones, fue sancionada en forma unánime en ambas cámaras.

A nivel provincial, la Cámara de Diputados sancionó la Resolución Nº 1006/15, autoría de la fallecida diputada Beatriz Vásquez expresando el acompañamiento; y posteriormente tras la sanción expresó su beneplácito por su aprobación mediante la Resolución Nº 1988/15, autoría del diputado Daniel Trabalón.

Marina Frencia, integrante de la ONG, hace una lectura sobre los detractores de la ley 27.206: “No puede sancionarse una ley para la no justicia. La causa Llarraz en Entre Ríos sirve de antecedentes, y los tratados y pactos internacionales en materia de Derechos Humanos consagrados en nuestra Constitución. Es importante notar los fundamentos de la ley que sostiene que la prescripción no puede estar al servicio de la impunidad. Y estos delitos tienen esta característica: la impunidad. Por ese silencio que se impone a la niña o al niño, que dependen del mundo de adultos. Donde se hace imposible que los chicos puedan hablar en el momento que ocurren estos hechos. Esta ley lo que viene a hacer es poner fin al silencio y secreto que caracterizan estos delitos y a la impunidad que gozan los abusadores. Permite que los sobrevivientes puedan hablar, cuando hayan resuelto los obstáculos que en su momento le impedían hacerlo”, indica Frencia.

Las “sobrevivientes”, como prefieren reconocerse las víctimas, saben que habrá que dar batalla para el reconocimiento de derecho.

Rosalia establece un paralelismo con lo que ha significado la reivindicación de los derechos humanos vulnerados durante la última dictadura en la Argentina. “Lo mismo se decía sobre los delitos que ahora son de lesa humanidad cometidos por el Gobierno militar. Hubo una pelea que dar para que adquieran esa categoría. Lo que decimos como sobrevivientes es que nos sentimos amparadas y contempladas. La ley nos está diciendo: nosotros entendemos que lo que a ustedes les pasó es un delito que tiene un montón de características. Nos dice… respetamos tus tiempos, y te vamos a empezar a contar los plazos cuando vos recién lo puedas denunciar. Eso es para nosotros lo más importante y para mi personalmente, lo maravilloso que tiene esta ley. Que el Congreso se haya puesto de acuerdo unánimemente para decirnos esto. Es lo que nosotros vivimos de chicas. Yo recién pude hablar a los 40 años. Pero esto a mi me pasó y no me tendría que haber pasado. Y yo hoy puedo ir a decirle a la justicia a mi me pasó y quiero que la justicia hoy diga que estos son los responsables. Y lo pude decir cuando lo pude decir. Y por eso yo valoro la ley”.

“En realidad es que el Estado interpela – agrega Belén- al sistema mismo. Porque pone a hablar las dinámicas de estos tiempos. Pone a hablar sobre cierta esclerosis de la letra de ley. Que el Estado reconozca que resguarda a una víctima es un paso enorme. Ahora el segundo paso es comenzar a pensar los delitos de abuso sexual en la infancia como se pensaron los delitos de lesa, como un delito sobre el Derecho Humano. Yo no tendría que haber pasado por eso, como ningún niño tiene que pasar por eso”, sentencia.

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Categoria: Derechos humanos | Tags: | Comentarios: 2

Comentarios

2 thoughts on “Abuso sexual en la infancia: un delito sobre los derechos humanos

  1. La justicia tiene que empezar a resolver los casos de abuso, dejar de mirar para otro lado. La sociedad entera pide justicia. Excelente nota.

  2. Avatar for Proyecto Bohemia

    Clara A.Guerra

    Ya era hora de “que empiece la justicia”. Las sobrevivientes necesitan beber de la esperanza

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