No se trata de estar a favor de la vida, todos lo estamos

Por el


La dicotomía planteada alrededor del debate por la legalización del aborto es equivocada. Para oponerse al tratamiento de la ley o su aprobación, no se trata de estar a favor de la vida. Todos lo estamos. 
Es la realidad la que supera ampliamente este supuesto antagonismo. 
El presunto efecto disuasivo de la penalización (como sucede con otros tantos tipos penales) no dio ningún resultado.

Según un informe realizado por la ONG Amnistía Internacional, en Argentina se realizan 450.000 abortos por año. El dato surge de un trabajo efectuado en 2005 a requerimiento del Ministerio de Salud Pública de la Nación.

Los abortos transcurren en la clandestinidad y, según la situación económica de la mujer, en condiciones seguras o no.
No se trata de considerar si estamos a favor de la vida o no, o si las mujeres que deciden hacerse un aborto son buenas o malas. Este es un debate perimido, sepultado por una realidad innegable.
Se trata de evitar las hipocresías y de que nuestros legisladores consideren, sin anteponer sus creencias personales, la realidad de miles y miles de mujeres.

 

“Está demostrado que en los países donde el aborto es legal la cifra de abortos que se hacen no es mayor que la de los países donde es ilegal, es decir, no aumentan por ser legales. La gran diferencia es que en esos países se ha reducido drásticamente la mortalidad materna”, expresó el ministro de Salud de la Nación, Adolfo Rubinstein en una entrevista concedida a Clarín.

En Argentina, el aborto es un delito excepto cuando está contemplado en las causales del Art. 86, inc.2° del Código Penal; es decir, todos los casos de violación, sin importar la capacidad de la mujer.

Ahora bien, no existe diferencia entre un embrión producto de una violación de otro resultado de un embarazo no deseado. Sin embargo, en el primer caso, para la ley argentina y de acuerdo al artículo del código penal citado, el aborto no es delito.

Desde la convencionalidad no existe impedimento para que el Congreso de la Nación sancione una ley que establezca un sistema de plazos en relación al aborto voluntario. Dicha postura ha sido reafirmada en todos estos años por los órganos de aplicación de los instrumentos internacionales de Derechos Humanos mediante el dictado de distintas decisiones. Por esto, ni nuestro Art. 86 inc. 2° del Código Penal ni la ley uruguaya que prevé la interrupción voluntaria del embarazo desde el 2012, contraría los instrumentos internacionales a los que nuestro país y el vecino han adherido.

Una ley que prevea el derecho al aborto legal, seguro y gratuito no implica su obligatoriedad, sino otorgar de una buena vez, el derecho a la salud que por ahora se les niega a las mujeres que son obligadas a transcurrir la práctica en la clandestinidad.

Muchas mujeres pierden la vida a consecuencia de prácticas inseguras, la mayoría de ellas son jóvenes y empobrecidas. Esto es muestra de las desigualdades que atraviesa el problema a su acceso cuando una mujer decide que no puede seguir adelante con un embarazo no deseado.
El aborto debe ser seguro porque es un problema de salud pública. La política de prohibición no opera como un mecanismo para disminuir las prácticas sino para distribuir, de modo diferencial, la precariedad de la vida de las mujeres. Y sólo expulsa a casi medio millón de mujeres por año a la clandestinidad.

Debe ser gratuito para que las mujeres sin cobertura de una obra social, puedan tener acceso a la atención de un profesional médico.

Sandra Saidman- Asociación Pensamiento Penal – Chaco

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